La Xunta aumentará las restricciones a la plantación de eucaliptos. La nueva ley de Montes prohibirá plantar eucaliptos en zonas de bosques autóctonos. No se podrán intercalar estas especies, consideradas invasoras, con árboles frondosos caducifolios, característicos de Galicia, como los castaños, los robles, los nogales, abedules o alisos... Y, en caso de incendio, tampoco se podrán repoblar estos montes con eucaliptos. Además se mantiene la obligatoriedad de solicitar un informe de impacto ambiental cuando se quiera plantar un eucaliptal de más de cinco hectáreas de superficie.
"Se establecen cortapisas importantes a los eucaliptos. Se incrementan los sistemas de control", sostiene el director xeral de Montes, Tomás Fernández-Couto. Aunque ya existe un decreto, del año 1989, que regula las plantaciones de eucalipto en la comunidad gallega y en el que, con carácter general, se impide sustituir una masa frondosa autóctona por un eucaliptal, esta norma estaba teniendo poca repercusión práctica puesto que hasta ahora la Consellería de Medio Rural no podía delimitar la extensión y ubicación de los bosques de especies autóctonas.
Una de las novedades que introduce la nueva ley es la obligación de la Xunta de inventariar estas masas arbóreas. "Es un avance importante, porque a partir de ahora quedarán registradas y ahí no podrás introducir ni intercalar eucaliptos y además lo haremos por ley", aclara el director xeral de Montes.
Esto supone un giro radical a las políticas públicas que se estaban desarrollando hasta ahora. Aunque el bipartito intentó poner coto a la proliferación de eucaliptos no llegó finalmente a aprobarse ninguna medida para restringir su expansión. Esta especie se introdujo durante el franquismo y en los años noventa su plantación llegó incluso a estar subvencionada.
Se trata de un árbol de crecimiento rápido, lo que le da ventaja con respecto a otras especies destinadas al aprovechamiento de la madera. Sin embargo, es una especie invasora y ha ido ganando terreno en los últimos años a las especies autóctonas, además de empobrecer los suelos y de su elevado carácter pirófito que favorece la propagación de los incendios. Según un informe de Greenpeace, podrían ocupar cerca de 245.000 hectáreas de monte gallego. Se estima que de los 600.000 propietarios forestales que hay en Galicia, al menos 120.000 poseen fincas con eucaliptos.
"Con la nueva ley garantizamos que las masas autóctonas que tenemos no van a desaparecer", advierte Fernández-Couto.
Vehículos
Tras las alegaciones presentadas al borrador de la ley de Montes, la Consellería de Medio Rural ha decidido prohibir con carácter general la circulación de vehículos a motor tanto por el medio del monte como por las pistas forestales fuera de la red oficial de carreteras. Aún así, habrá excepciones como cuando se trate de caminos que dan acceso a fincas o casas y también estará permitida la circulación de vehículos de extinción, de gestión forestal o de personas que cuenten con permiso de caza o pesca.
De esta manera, la Xunta incorpora a la normativa autonómica la prohibición que venía plasmada en la Ley General Básica de Montes del Gobierno central del año 2003.
De esta manera se pone freno a una práctica cada vez más habitual que es el uso de quads, todoterrenos o motos de enduro por los montes gallegos. Para realizar estas prácticas deportivas y siempre, con carácter excepcional, habrá que pedir autorización a la Administración autonómica.
La Consellería de Medio Rural aclara además que Galicia añade una excepción más a esta prohibición de circulación de vehículos a motor por el monte en comparación con el texto aprobado a nivel nacional: quedan excluidos los usos cinegéticos y de pesca.
"La caza es un aprovechamiento forestal. Buena parte del territorio gallego son Tecores y no podemos vetar el paso a las personas que lo practican", explica el director xeral de Montes, Tomás Fernández-Couto.
Usar el monte como un vertedero ya estaba considerado una infracción por la Lei de Residuos, pero ahora Medio Rural abre la puerta a que la persona que arroje basura sea doblemente sancionada puesto que la ley de Montes también contempla multas de hasta 100.000 euros por esta infracción que, según el borrador definitivo de esta norma, es considerada grave. Además estará más penalizado depositar cualquier tipo de residuo si es una zona de alto riesgo de incendio y ese vertido incrementa el riesgo. "Tendrá una especial gravedad", explicó el director xeral de Montes. |