Revista de Prensa


Cientos de cazadores de la Costa da Morte y de Barbanza se lanzar�n a los montes de ambas comarcas el pr�ximo 19 de octubre, d�a en el que la Conseller�a de Medio Ambiente abrir� la temporada de caza 2008-2009 en Galicia. Desde ese d�a y hasta el pr�ximo 6 de enero, los aficionados con licencia podr�n practicar este deporte, como viene siendo habitual, los jueves, domingos y festivos -solo estatales y auton�micos-.
· 15/9/2008

Pero, como todos los a�os, los cazadores no podr�n practicar la actividad cineg�tica a su libre albedr�o. De hecho, la conseller�a ha establecido doce zonas prohibidas en la Costa da Morte y Barbanza, a las que se suman, seg�n consta en un folleto que Medio Ambiente acaba de publicar, �26 zonas do Barbanza, seg�n os l�mites que constan na orden e delimitaci�n do terreo�.

Las zonas de veda ser�n en esta campa�a: el archipi�lago de S�lvora, el parque natural de Corrubedo y las lagoas de Carregal e Vix�n (Ribeira), la lagoa de Louro (Muros), las islas Sisargas (Malpica), las lagoas de Xu�o, San Pedro de Muro y toda la zona costera occidental atl�ntica de Porto do Son, las marismas de Baldaio (Carballo), la ensenada da Insua (Ponteceso), la lagoa de Traba (Laxe), la marisma de Carnota, el embalse de Vilagud�n (entre los Concellos de Cerceda, Ordes y Tordoia), el embalse de Vilasen�n (entre Cerceda y Ordes) y los montes vecinales en mancom�n de Xi�n, Furi�o, G�ndara, Reviratorta y Reboredo (Mazaricos).

Si bien la normativa para este a�o establece como d�as h�biles todos los jueves, domingos y festivos, estos se podr�n ver reducidos en funci�n de las caracter�sticas de cada Tecor (terreno cineg�ticamente ordenado). As�, tanto en la Costa da Morte como en Barbanza es habitual que muchas asociaciones de cazadores reduzcan estas jornadas a �nicamente los domingos y festivos con el fin de preservar la fauna existente en cada zona.

Especies protegidas

El folleto de Medio Ambiente tambi�n recuerda que queda prohibida, salvo autorizaci�n expresa, la caza y el redoblamiento en aquellos terrenos que hayan ardido. La veda establecida es de tres a�os desde la fecha del incendio. Adem�s, nunca podr�n ser capturadas las hembras de caza mayor que vayan acompa�adas por sus cr�as, ni los machos inmaduros de corzo, ciervo o gamo.